Inspección

La inspección sirve para regular la oferta turística y verificar la seguridad de las actividades de turismo aventura.

¿En qué consiste el proceso de inspección?

El proceso de inspección consiste en regular y ordenar la oferta de servicios turísticos, junto con verificar que las actividades de turismo aventura se realicen de manera segura.

Tiene como fin velar por el cumplimiento de la normativa vigente, por lo que al aprobar el proceso estarás al día con la ley de nuestro país, la cual rige la prestación de servicios de alojamiento turístico y actividades de turismo aventura.

Inspección por servicio

Evita sanciones cumpliendo los puntos establecidos en las normas vigentes.

El proceso se realiza de forma presencial, por lo que serás contactado por un(a) inspector(a) de Sernatur.

Se verificará:

    • Que la clase registrada sea la correcta. Ejemplo: Si se registra como hotel, que efectivamente lo sea.
    • Que ofrezca los servicios acordes a su clase. Ejemplo: recepción, conserjería, servicio de alimentación, etcétera..
    • Si ofrece otros servicios, como alojamiento y turismo aventura, deben estar obligatoriamente registrados.
    • Que la publicidad realizada por el servicio sea la correcta, es decir, que se publicite con la clase correcta y que publique la tarifa de los servicios en el establecimiento y en su sitio web.
    • Que cuente con la patente municipal (requisito exigido para el registro) y la resolución sanitaria, documento que respalda el cumplimiento de las normas sanitarias.

El proceso se divide en 2 etapas:

Inspección documental
La inspección documental consiste en:

    • Revisión de la ficha general de la actividad que registraste con tu cuenta en este Portal.
    • Luego de revisar te enviaremos los resultados, y en el caso de que hayan observaciones, deberás corregirlas dentro de 10 días hábiles.
    • Si el resultado de esa inspección indica: ‘CUMPLE’ estás en condiciones de ser visitado por un inspector de Sernatur para realizar la inspección in situ (en terreno).

Inspección in situ
Para realizar la inspección en terreno, te contactaremos previamente. En esta etapa debes cumplir con todos los estándares de seguridad establecidos el Decreto 19/2018 indicados a continuación:

    • Debes contar con personal capacitado para realizar la actividad. En la visita deben estar presentes los guías de turismo que realizan la actividad, quienes serán entrevistados
    • Debes tener a disposición de los participantes una ficha técnica que describa la actividad. Recuerda que esta ficha es el formato que presentaste en Sernatur y que fue aprobada en la inspección documental. La ficha también debe estar disponible en los idiomas en los cuales ejecutes la actividad.
    • Debes utilizar una ficha de inscripción y aceptación de riesgos, la cual debe ser firmada por los participantes, previo al comienzo de la actividad. En este caso revisaremos las fichas firmadas por los participantes de las actividades realizadas.
    • Debes contar con un plan de prevención y manejo de riesgos, y un plan de respuesta a las emergencias. Estos documentos deben estar impresos y ser conocidos por todo el personal.
    • Debes realizar un correcto uso y mantenimiento de los equipos asociados a la actividad. Para esto revisaremos que cuentes con una ficha de mantenimiento de tus equipos en la cual se registren todas las mantenciones.

Multas

El Servicio Nacional de Turismo, a través de sus directores regionales; y cualquier persona, podrán efectuar la denuncia respectiva al Juzgado de Policía Local correspondiente al domicilio del establecimiento en que se detecte alguna de las siguientes infracciones, de acuerdo a lo establecido en el artículo N.º 50 de la Ley de Turismo 20.423.

Las causales son:

Servicios no registrados – de 5 a 20 UTM

expand_more

No registro de servicios de alojamiento turístico y actividades de turismo aventura. La multa asociada oscila entre 5 y 10 UTM para el servicio de alojamiento turístico y entre 5 y 20 UTM para las actividades de turismo aventura.

Servicio deliberadamente mal clasificado – de 5 a 20 UTM

expand_more

Por clasificarse deliberadamente en una clase distinta a la que corresponde. Por este aspecto, la multa oscila entre 5 y 20 UTM para los servicios de alojamiento turístico y actividades de turismo aventura.

Incumplimiento de seguridad – de 25 a 35 UTM

expand_more

Por incumplimiento de los estándares de seguridad para los servicios de turismo aventura. La multa puede ser entre 25 y 35 UTM para el prestador que no cumpla con los requerimientos establecidos en el Decreto Nº 19 de 2018, artículos 34 y 35.

Declaración de accesibilidad

SERNATUR se compromete a proporcionar un sitio web accesible para una audiencia lo más amplia posible, independientemente de las circunstancias y la capacidad.

Nuestro objetivo es cumplir de la manera más cercana posible a las Pautas de Accesibilidad para el Contenido Web (WCAG 2.2), publicadas por el World Wide Web Consortuium (W3C) y la Guía técnica para la implementación de sitios web accesibles de SENADIS.

Estas pautas explican cómo lograr que el contenido web sea más accesible para las personas con necesidades especiales. El cumplimiento de estas pautas ayudará a que el sitio sea más fácil de usar y amigable para todos los usuarios. Si bien el Portal de Prestadores de Servicios Turísticos se esfuerza por cumplir con las pautas y estándares de accesibilidad, no siempre es posible hacerlo en todas sus áreas y actualmente estamos trabajando para lograrlo. Ten en cuenta que debido a la naturaleza dinámica del sitio web, pueden surgir inconvenientes menores, ya que se actualiza con regularidad.

Continuamente buscamos soluciones que lleven todas las áreas del sitio al mismo nivel de accesibilidad web general. Si tienes algún comentario o sugerencia relacionados con la mejora de la accesibilidad de nuestro sitio, por favor no dudes en contactarnos al correo serviciosturisticos@sernatur.cl. Tus comentarios nos ayudarán a hacer las mejoras que correspondan.

Turismo Atiende